Medidas de seguridad obligatorias
Medidas de seguridad obligatorias
GPS EN TRACTO CON MONITOREO ACTIVO
Posición satelital cada 15 min. y AVISO INMEDIATO A LAS AUTORIDADES en caso de desvío o parada. La empresa contratante del GPS deberá contar con un plan de reacción.
CUSTODIA SATELITAL
Para mercancía general con valor desde $300,000.00 USD, los embarques en tránsito terrestre deberán llevar custodia satelital* *
- Para mercancías sensibles a robo* con valor desde $50,000.00 USD deberán llevar custodia satelital.
CUSTODIA SATELITAL** + CUSTODIA ARMADA
Para mercancías sensibles a robo* con valor desde $150,000.00 USD deberán llevar custodia satelital y armada.
*MERCANCÍAS SENSIBLES A ROBO
Electrónicos de cualquier tipo (incluyendo pero no limitado a: televisores, equipo de cómputo y sus accesorios,, tabletas electrónicas, equipos de audio y/o video), farmacéuticos, ropa y textiles, abarrotes, vinos y licores; electrodomésticos y línea blanca, acero (en cualquier presentación), cobre (en cualquier presentación), material de construcción y Aluminio ( en cualquier presentación), Cobre, auto partes y refacciones automotrices.
**CUSTODIA SATELITAL
Definición: La custodia satelital se define como la instalación de un dispositivo de rastreo satelital GPS portátil, colocando en el contenedor o la caja que resguarda los bienes transportados durante su trayecto terrestre y el cual proporciona monitoreo activo de la unidad el cual se debe requerir que reporte el posicionamiento cada 15 minutos, a través de una Central de Seguridad con servicio 24/7 y capacidad de ejecutar un protocolo de reacción, que derive en un aviso inmediato a las autoridades en caso de incidencias las cuales pueden ser pérdida de comunicación, pérdida de posición, paradas o variación de la ruta.
Medidas de seguridad obligatorias
PERNOCTA (Parada de descanso)
Deberá realizarse en lugares cerrados iluminados, con protección y vigilancia o en gasolineras con tiendas de conveniencia con espacio para estacionamiento de camiones o destacamentos de la Policía Federal Preventiva o de Caminos, o casetas de peaje o cobro (hasta un radio máximo de 200 km. con respecto a éstas) o en paraderos designados por las autoridades competentes para camiones de Servicio Público Federal, por un lapso no mayor a 8 hrs. continuas en dichos lugares.
RUTAS
Programadas con control de tiempos sin permitir paradas por personales. Las paradas deberán ser realizadas después de haber transcurrido 200 km. desde el origen del embarque.
SELLOS
Cajas, contenedores y tráileres deberán estar cerrados con sellos de seguridad, candados de acero o naval locks.
EN BUQUE
El asegurado garantizará la transportación bajo cubierta o sobre cubierta, siempre y cuando los bienes viajen dentro del contenedor metálico cerrado y a bordo de buque portacontenedores.
TERRESTRE
Caminos de cuota. No exceder peso o dimensiones de ley. Caja / tráiler cerrado. Bienes tapados con lonas en vehículos abiertos.
“Las principales causas de rechazo de un siniestro, provienen del incumplimiento de las Medidas de Seguridad”
Riesgos excluidos
DOLO
Conducta malintencionada del asegurado
EMBALAJE
Insuficiencia en el embalaje o en la preparación de las mercancías
NATURALEZA
Vicio propio o naturaleza de los bienes asegurados
MERMA
Derrame o pérdida en peso o volumen por desgaste ordinario y uso
OXIDACIÓN, MOJADURA Y/O ROTURA
Que no sea a consecuencia de un R.O.T.
DOBLADURA, ABOLLADURA, RAJADURA, RASPADURA Y/O RAYADURA
Que no sea a consecuencia de un R.O.T.
MALA ESTIBA Y/O FLEJADO
Que no sea a consecuencia de un R.O.T